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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2019, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental compatible y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de cebo, con una capacidad modificada a 5.326 plazas (640 UGM), ubicada en el polígono 3, parcela 287, en el término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por la sociedad Explotaciones Ganaderas Negre, S.L. (Expte. INAGA 500202/02/2018/11812).

Publicado el 02/05/2019 (Nº 83)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha de 11 de diciembre de 2018, se presenta escrito por parte de la Sociedad Explotaciones Ganaderas Negré, S.L. con NIF: B-99.432.304, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada inicial, de su explotación porcina de cebo con número REGA ES50252000017 y reflejar cambios en las instalaciones ejecutadas.

Antecedentes de hecho

La explotación porcina dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 8 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 64, de 5 de abril de 2016. (Expte. INAGA 500601/02/2015/02370)

Mediante Resolución de 2 de enero de 2018, se realiza modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada inicial al disminuir la capacidad de 6.126 plazas autorizadas (736 UGM), hasta 5.326 plazas (639,12 UGM) y se sustituyen las tres naves de cebo autorizadas inicialmente, por dos nuevas naves de dimensiones 137,68 m x 16,50 m. (Expte. INAGA 500202/02/2017/6404).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar cambios en las instalaciones finalmente ejecutadas. En concreto se incluyen modificaciones en la nave para vestuarios con unas dimensiones de 7,58 x 3 m; caseta de instalaciones, con una sala de dimensiones 8,90 x 5,40 m y otra de 4,50 x 3,12 m con 2 depósitos de agua en su cubierta con una capacidad de 50.000 litros; fosa de purines de planta trapezoidal, de dimensiones en superficie 34 x 22 x 40 x 15 m, con capacidad para 4.303 m³; fosa de cadáveres con una capacidad de 25,74 m³ y balsa de agua de planta trapezoidal, de dimensiones en superficie: 27 x 15 x 28 x 27 m y 3 m de altura útil, con una capacidad de almacenamiento de 1.167 m³.

En la caseta de instalaciones se incluye un generador de 35 kVA y un sistema de calefacción mediante tubos radiantes de agua caliente con una caldera de 126 kW de potencia térmica.

Se verifica que la explotación tras la última modificación catastral, se ubica en el polígono 3, parcela 287, del término municipal de Tauste (Zaragoza).

Fundamentos de derecho

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental compatible y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de cebo, con una capacidad modificada a 5.326 plazas (640 UGM), ubicada en el polígono 3, parcela 287, en el término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por la sociedad Explotaciones Ganaderas Negre, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Explotaciones Ganaderas Negre, S.L., con CIF: B-99.432.304, para la instalación de una explotación porcina de cebo, con una capacidad modificada a 5.326 plazas (640 UGM) y ubicada en el polígono 3, parcelas 287, del término municipal de Tauste (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS89 (huso 30) de: X = 646.720 - Y = 4.637.710 - Z = 230 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

El punto 2.1 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones proyectadas para el inicio de la actividad se corresponden con: dos naves para cebo, de dimensiones 137,68 m x 16,50 m; una caseta de instalaciones, formada por una sala de dimensiones 8,90 x 5,40 m y otra de 4,50 x 3,12 m; nave para vestuarios de dimensiones 7,58 x 3 m; una fosa de purines de planta trapezoidal, de dimensiones en superficie 34 x 22 x 40 x 15 m, con capacidad para 4.303 m³; una fosa de cadáveres con una capacidad de 25,74 m³; una balsa de agua de planta trapezoidal, de dimensiones en superficie: 27 x 15 x 28 x 27 m y 3 m de altura útil, con una capacidad de almacenamiento de 1.167 m³; dos depósitos de agua colocados sobre la cubierta de la caseta de instalaciones con una capacidad de 50.000 litros. La explotación dispondrá de vado de desinfección y de vallado perimetral que albergue a todas las instalaciones de la explotación".

El punto 2.2 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.2. Consumos.

Se establece un sistema de alimentación automatizado, estimándose un consumo anual de 2.803 toneladas de pienso. El abastecimiento de agua se realiza desde de una acequia agrícola, derivada del canal de Tauste. Será almacenada, en la balsa de regulación prevista por gravedad. Se estima un consumo anual de 12.832,9 m³, incluida el agua para limpieza de las instalaciones.

El suministro de energía eléctrica a la explotación se realizará mediante un grupo electrógeno de gasoil de 35 kVA, con un consumo anual de combustible de 1.020 litros, estimándose un consumo energético anual de 30.000 kWh. Se estima que se generen 2.743,8 kg CO2/año".

El punto 2.3.3 de la Resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.3.3. Focos emisores.

La explotación dispone de un sistema de calefacción mediante tubos radiantes con una caldera de 126 kW de potencia térmica. La clasificación de este foco emisor, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, se corresponde con el código 02 03 02 05 sin grupo asignado.

El suministro eléctrico se realizará a través de un grupo electrógeno de gasoil de 35 kVA. La clasificación de este foco emisor, según el anexo de anterior Real Decreto, se corresponde con el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes: 625 mg/Nm³ de CO y 616 mg/Nm³ de NOx.

Estos equipos quedan exentos de control externo de sus emisiones, no obstante, se deberá realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de marzo de 2019.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL